Inicio / Casos / Caso del ático de Estepona Versión 1688725 2026-06-06

Ficha de caso

Beta pública

Caso del ático de Estepona

Diligencias Previas — JPI e Instrucción nº 5 de Estepona

También conocido como: Caso Ático·Ático de Estepona de Ignacio González

Fase actual
Archivo provisional
Nº procedimiento
Diligencias Previas (nº exacto pendiente de confirmación pública)
Último hito
2020-11-09 · La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga desestima el recurso de las acusaciones populares y confirma el sobreseimiento provisional del caso del ático de Estepona

Qué se investiga

La adquisición de un ático en Estepona vinculado a Ignacio González y su esposa.

Hechos clave

  1. La hipótesis investigada era si hubo una donación encubierta o una compra por debajo del valor de mercado.
  2. El procedimiento fue instruido por un juzgado de Estepona, no por la Audiencia Nacional.
  3. El sobreseimiento provisional fue confirmado en apelación por la Audiencia Provincial de Málaga en noviembre de 2020.
  4. La conexión con Lezo es factual: comparte un investigado relevante, pero no es una pieza separada de esa macrocausa.

Situación actual

El juzgado acordó el sobreseimiento provisional en julio de 2020 y la Audiencia Provincial de Málaga lo confirmó en apelación en noviembre de 2020.

Cifras clave

  • 770.000 € de precio de adquisición citado
  • 7 años de instrucción
  • Archivo provisional en 2020, confirmado en apelación
1.

Resumen ejecutivo

Procedimiento penal instruido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona (Málaga) sobre la presunta donación encubierta o adquisición a precio inferior al de mercado del ático de lujo ubicado en esa localidad malagueña por parte del ex presidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González González y su esposa. La causa investigaba si el inmueble había sido «regalado» por el empresario y presidente del Club Atlético de Madrid Enrique Cerezo Torres, tras alquilarlo en 2008 a la sociedad estadounidense Coast Investors en condiciones económicas favorables y adquirirlo finalmente en 2011 por 770.000 €, presuntamente por debajo del valor de mercado. La denuncia procedía del sindicato unificado de Policía y de dirigentes del PSOE madrileño. Tras siete años de instrucción, el juez acordó por auto del 14 de julio de 2020 el sobreseimiento provisional al no haberse obtenido pruebas sobre el origen del dinero utilizado por Coast Investors para la adquisición ni indicios suficientes que apuntaran a que ese dinero procediera del empresario madrileño. El procedimiento es conexo factualmente con el caso Lezo por compartir el principal investigado, pero técnicamente no constituye pieza separada de aquél: lo instruyó un juzgado ordinario del partido judicial de Estepona en sede de Audiencia Provincial de Málaga, no la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que conoce de las piezas Lezo.

Cifras de referencia. La operación investigada consistió en el alquiler en 2008 por la sociedad estadounidense Coast Investors del ático ubicado en Estepona y su adquisición posterior en 2011 por una cuantía de 770.000 €, presuntamente inferior al valor de mercado de un inmueble de las características del investigado.

2.

Estado procesal actual

Fase
Archivo provisional
Órgano
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona
Origen del procedimiento
Otro
Fecha de apertura
2013-01-01
Nº de procedimiento
Diligencias Previas (nº exacto pendiente de confirmación pública)
3.

Personas implicadas

2 personas

Absueltos / desimputados

Enrique Cerezo Torres

Figura pública

  • Desimputado 2020-07-14 → vigente
  • Investigado 2013-01-01 → 2020-07-14 CohechoBlanqueo de capitales

Por auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona del 14 de julio de 2020 se acordó el sobreseimiento provisional del procedimiento respecto de Enrique Cerezo Torres al no haberse obtenido indicios sobre el origen del dinero utilizado por la sociedad Coast Investors para la adquisición del ático ni sobre su procedencia en relación con el empresario. El sobreseimiento provisional no implica condena ni absolución y queda sujeto a la posibilidad de reapertura si aparecen nuevas pruebas relevantes.

Jaime Ignacio González González

Figura pública

  • Desimputado 2020-07-14 → vigente
  • Investigado 2013-01-01 → 2020-07-14 CohechoBlanqueo de capitales

Por auto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona del 14 de julio de 2020 se acordó el sobreseimiento provisional del procedimiento respecto de Ignacio González González al no haberse obtenido indicios sobre el origen del dinero utilizado por la sociedad Coast Investors para la adquisición del ático de lujo en esa localidad. El sobreseimiento provisional no implica condena ni absolución y queda sujeto a la posibilidad de reapertura si aparecen nuevas pruebas relevantes.

5.

Cronología

2 hitos
NOV
09
2020

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga desestima el recurso de las acusaciones populares y confirma el sobreseimiento provisional del caso del ático de Estepona

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga dicta el 9 de noviembre de 2020 (notificado el 13 de noviembre) auto por el que desestima el recurso de apelación interpuesto por las acusaciones populares contra el sobreseimiento provisional acordado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona el 14 de julio de 2020, confirmando así el archivo del procedimiento sobre la adquisición del ático de lujo en esa localidad por el ex presidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González González y su esposa, en el que también figuraba investigado el empresario y presidente del Club Atlético de Madrid Enrique Cerezo Torres. Según la cobertura periodística, el tribunal de apelación razona que no constan indicios de cohecho —no se infiere vínculo entre los contratos de la sociedad estadounidense Coast Investors y la actuación de Ignacio González como vicepresidente o presidente de la Comunidad de Madrid— ni indicios de un delito antecedente del que procediera el dinero a efectos de blanqueo de capitales. La resolución confirma el sobreseimiento con carácter provisional, por lo que no implica condena ni absolución y queda sujeta a la posibilidad de reapertura si aparecieran nuevas pruebas relevantes. El auto íntegro de la Audiencia Provincial no se ha localizado en fuente oficial; el hito se sostiene en cobertura periodística de dos líneas editoriales distintas (Confilegal y El Independiente), coincidentes con Público e Infolibre.

JUL
14
2020

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona acuerda el sobreseimiento provisional del caso del ático contra Ignacio González, su esposa y Enrique Cerezo tras siete años de instrucción

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona (Málaga) dicta el 14 de julio de 2020 auto por el que se acuerda el sobreseimiento provisional del procedimiento abierto sobre la presunta donación encubierta o adquisición a precio inferior al de mercado del ático de lujo ubicado en esa localidad atribuido al ex presidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González González y a su esposa. El juez concluye, tras siete años de instrucción, que no se han obtenido indicios sobre el origen del dinero utilizado por la sociedad estadounidense Coast Investors para la adquisición del inmueble por 770.000 € en 2011 ni sobre la procedencia de los fondos en relación con el empresario y presidente del Club Atlético de Madrid Enrique Cerezo Torres. El sobreseimiento provisional no implica condena ni absolución y queda sujeto a la posibilidad de reapertura si aparecen nuevas pruebas relevantes.

6.

Hechos clasificados por estado epistémico

2 hechos

6.3Hechos exculpatorios

Exculpatorio 2020-11-09

La Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga, por auto de 9 de noviembre de 2020 (notificado el 13 de noviembre), desestimó el recurso de apelación de las acusaciones populares y confirmó el sobreseimiento provisional acordado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona el 14 de julio de 2020 sobre la adquisición del ático de lujo en esa localidad por Ignacio González González y su esposa, en el que también figuraba investigado el empresario Enrique Cerezo Torres. Según la cobertura periodística, el tribunal de apelación razonó que no constan indicios de cohecho —no se infiere vínculo entre los contratos de la sociedad estadounidense Coast Investors y la actuación de González como vicepresidente o presidente de la Comunidad de Madrid— ni indicios de un delito antecedente del que procediera el dinero a efectos de blanqueo. El sobreseimiento se confirma con carácter provisional: no implica condena ni absolución y queda sujeto a eventual reapertura si aparecieran nuevas pruebas.

Exculpatorio 2013-01-01 → 2020-07-14

El procedimiento abierto en 2013 ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona tras denuncia del sindicato unificado de Policía y de dirigentes del PSOE madrileño investigó si la sociedad estadounidense Coast Investors, que alquiló en 2008 el ático ubicado en esa localidad andaluza al ex presidente de la Comunidad de Madrid Ignacio González González y a su esposa en condiciones económicas favorables y se lo vendió finalmente en 2011 por 770.000 €, había recibido los fondos de la operación del empresario y presidente del Club Atlético de Madrid Enrique Cerezo Torres a modo de donación encubierta. Tras siete años de instrucción, el juez concluyó por auto del 14 de julio de 2020 que no se habían obtenido indicios sobre el origen del dinero ni sobre la procedencia de los fondos en relación con Cerezo, acordando el sobreseimiento provisional. La resolución no implica condena ni absolución de los investigados.

7.

Cifras del caso

Dinero presuntamente atribuido

El dinero en juego: perjuicio o quebranto a lo público, objeto del contrato, fondo concedido, comisión presunta o cobro indebido. Lo que se investiga que se desvió o se cobró mal.

  • 770.000 € Exculpatorio N4 No acumula
    Objeto del contrato Partida (no acumula)

    El procedimiento abierto en 2013 ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Estepona tras denuncia del…

    Precio de la compraventa del ático en 2011. El procedimiento fue sobreseído provisionalmente en 2020 sin indicios sobre el origen de los fondos (hecho exculpatorio): la cifra se conserva por trazabilidad pero NO acumula como importe atribuido.

9.

Biblioteca documental del caso

3 documentos